18.4.09

LAS JUANAS PIDEN ADHESION A LA LEY NACIONAL PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

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Solicitan la adhesión a la ley para erradicar el maltrato hacia la mujer

fuente DIARIO EPOCA

Días antes de que organizaciones de todo el país salieran a la calle a decirle basta al maltrato con la Campaña “Sacále la Roja a la Violencia”, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra el sexo femenino. A nivel provincial y como primera medida, el Programa Juana Azurduy ya solicitó a la Legislatura la urgente adhesión a la normativa nacional.


En nuestro país, según Amnistía Internacional, muere una mujer cada dos días. Los registros indican una agresión física (golpes o asesinatos) cada 36 horas y un ataque sexual (violaciones, abusos o asesinatos posviolación) por día, sin mencionar los numerosos casos que no son denunciados.
El 83% de los crímenes femeninos fue calificado de femicidio (cuando una mujer es asesinada por su condición de mujer, por ejemplo, por despecho de su ex marido o para lograr violarla) y en el 68% de los casos las víctimas fueron asesinadas por su pareja, ex pareja, novio o amante. A estas cifras se pueden agregar aquellas estadísticas vinculadas a las muertes por deficiencias en el sistema sanitario, así como aquellas vinculadas a la pobreza y la exclusión.
A pocos días de que el pasado 8 de marzo organizaciones de mujeres de todo el país salieran a la calle a decirle basta al maltrato con la Campaña “Sacále la Roja a la Violencia”, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
En tanto, a nivel provincial las cosas están a la espera. “Como primera medida, el Programa Juana Azurduy ya solicitó a la Legislatura de la provincia la urgente adhesión a la normativa nacional. Las promotoras se encuentran estudiando y difundiendo los alcances de la nueva ley y definiendo acciones a seguir; sabemos y estamos concientes que sólo la organización y la movilización por parte de las mujeres garantizará el efectivo cumplimiento de las normas ya que la problemática de género no está en la agenda oficial de prioridades”, dijo a “época” la coordinadora provincial del Programa Nacional Juana Azurduy Carolina González.
La Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales define la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como también su seguridad personal”. Y aclara que alcanza a aquellas conductas o acciones “perpetradas desde el Estado o por sus agentes”. Aparece por primera vez en la historia la violencia reproductiva y la violencia obstétrica como otras formas de violencia que se ejercen contra las mujeres.

Algunos artículos que se ocupan del tema
Dentro de la normativa, el artículo 6 d) menciona la violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
En tanto, en el apartado e) se habla de la violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
Hasta ahora la legislación vigente contemplaba la violencia intrafamiliar, es decir, la cometida en el ámbito del hogar y salvo en algunas legislaciones provinciales, se limitaba a aquella ejercida por el marido contra la esposa o los hijos. La nueva norma va más allá: contempla la violencia de género en sus diversas formas (física, sexual, simbólica, económica y patrimonial y psicológica). No sólo cuando ocurre en el ámbito doméstico, también en los organismos públicos, los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivos y de la sociedad civil, y también en los servicios de obstetricia, a través de un trato deshumanizado, como lo mencionado más arriba en los artículos citados. También abarca la violencia mediática.

La define como la difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promuevan la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres. La ley incluye, además, la violencia que atente contra la libertad reproductiva, que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos.

Para evitar que las denuncias de mujeres golpeadas sean cajoneadas en las comisarías, como ocurre muchas veces, la ley establece la obligación de que sean remitidas dentro de las 24 horas a la autoridad judicial que corresponda. Las denuncias se podrán hacer, además, en cualquier fuero y el magistrado deberá derivar la causa al que corresponda. De todas formas, aun en caso de incompetencia, el juez interviniente “podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente”, explicó González.

Según la coordinadora, esta nueva normativa marcará un antes y un después en lo que se refiera a la intención de erradicar el maltrato hacia la mujer dado que es “más integral y va más allá de la propia violación de muchos derechos. Se exige más a los ministerios y hasta “se tienen que crear programas de 'reeducación' para hombres maltratadores”.